1. Comisionados/as y delegados/as asesores

1.1. Acerca de los Comisionados/as

El Libro de Orden dice que una asamblea consistirá en un número igual de ancianos/as gobernantes y ancianos/as docentes (ministros/as de la Palabra y los Sacramentos), elegidos por los presbiterios y que reflejen la diversidad dentro de sus límites (G-3.0501). Cada presbiterio elige un número asignado de comisionados/as ancianos/as gobernantes y docentes de acuerdo con su tamaño. Los comisionados luego asisten a la Asamblea General, donde sirven no como votantes representativos de su presbiterio, sino como individuos llamados a discernir la voluntad de Dios para la Iglesia Presbiteriana (EE. UU.).

Cada uno de los/as miembros de la Comisión forma parte de un comité y participa en las sesiones plenarias. Tienen voz y voto en ambos entornos. En las sesiones plenarias, los comisionados/as son asesorados por delegados/as asesores antes de la votación. 

Después de la asamblea, los comisionados se involucran con los presbiterios que les enviaron para compartir su experiencia y conocimiento sobre los resultados de la asamblea.